Es un recurso técnico y social permanente de vigilancia domiciliaria. Actúa a nivel preventivo y asistencial, evitando o resolviendo cualquier tipo de emergencia y proporcionando compañía y seguridad a cualquier hora del día y de la noche.

En la actualidad y sujeto al marco jurídico del momento; se puede acceder a este recurso por dos vías:

  • Conforme a lo establecido en la Ley 39/2006 de 14 de diciembre de de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, mediante resolución administrativa del Programa Individual de Atención.
  • Mediante valoración, por parte de la Trabajadora Social de zona. Previa justificación, así como posibilidad en cuanto a los recursos disponibles por parte de la Mancomunidad.

 

BENEFICIARIOS/AS

Para la Teleasistencia Domiciliaria Municipal:

  • Personas mayores que viven solas o permanecen gran parte del día solas
  • Personas mayores con autonomía reducida o edad avanzada.

 

REQUISITOS para la Teleasistencia Municipal.

  • Personas de nacionalidad española o que ostenten la ciudadanía de la Unión Europea (Ley 11/2003 de 27 de marzo de Servicios Sociales de la comunidad Madrid)
  • Empadronadas en cualquiera de los dos municipios
  • Encontrarse en alguna de las situaciones descritas anteriormente
  • Que el Servicio de Teleasistencia se valore técnicamente como adecuado

 

CÓMO ACCEDER

La Trabajadora Social de referencia valorará, tras la información remitida por la persona solicitante, si es el mejor recurso para solventar la situación planteada.